martes, 17 de julio de 2007

XI-Informe secreto al rey Carlos IV

Informe secreto enviado por el párroco de Benquerencia Juan Gogoy y Thena el 16 de marzo de 1.791 al rey Carlos IV en el Interrogatorio de la Real Audiencia del mismo año.

"Evacuando el informe secreto que Vuestra Señoria se sirve pedirme, sobre los particulares que contiene el interrogatorio formado de orden del Concejo, para la visita en que esta entendiendo, lo que ejecuto de aquellos que tengo comprehension por mi ministerio."

"No ay en esta villa de Benquerencia en la actualidad partidos ni desorden en las elecciones de justicia, pero si en lo antiguo y de quince años a esta parte observan los vecinos buena armonia, gozando paz y arreglan la, eleccion de oficios el capitulo definitorio de la Orden de Alcantara, en cuanto es posible con respecto a la escasez del vecindario."

"Hallo solo havuso de que en años miseros los sujetos acaudalados tivian y aminoran el jornal de los braceros, y por el contrarioestos en años abundantes escusan de travajar si no es a precios mui subidos y exorbitantes, me parece seria conveniente el que en uno y otro caso se arreglasen los jornales como corresponde, cuidando de hacerlo la justicia ordinaria."

"No ai persona alguna que turve el buen orden, impida la administracion de la justizia, ni causa escandalo publico, exceptuando Antonia Benitez, muger de Diego Polo, que hace mas de veinte años que se halla separada voluntariamente de su marido, viviendo libremente y con nota en la villa de Zalamea, donde se fue con persona que por sobre caracter se reserva y continua en la vida delinquente que dejo anunciado, sin que aiga bastado atraerle a berdadero conocimiento el perdon que de sus ofensas le ha hecho el marido, ni los recursos que he formado para que se reunan en matrimonio, pues todos han sido infrustiferos por la proteccion que la susodicha tiene en la casa de Don Manuel de Morales, hallandose propenso a reunirse con su muger el citado Diego Polo."

"Las cosechas desta villa se reduzen a las especies de trigo, cevada,centeno, havas y garvanzos, las que son mui escasas por falta de terrenos en que hacer la lavor y ocupar las yuntas que pueden proporcionar los naturales, que ninguno siembra en terrenos de poco suelo y llenos de aspereza, con motivo de que los terrenos mas ventajosos y utiles para la labor los ocupan los trasumantes; me parece que no ay medio mas seguro de fomentar la agricultura y cria de ganado, que se halla asolada por la propia razon, que repartir parte de la dehesa que ocupan los trasumantes, reduciendolas a pastos y lavor."

"Ay terrenos incultos, dilatados y mui a proposito para la agricultura, desmontandolos y guiando los encinares que pueden producir por la mucha mata parda en que abunda, lo que abrazaran los vecinos concediendolos la propiedad de ellos por serles sumamente util, la causa de no haverse desmontado es porque pertenece a las cinco villas comuneras, por lo que no han tratado de utilizarlo."

"Ai un terreno a la falda y umbria de la sierre desta villa poblado de azebuches mui corpulentos y ermosos, que repartidos en suertes vecinales se pueden enjertar con conocido adelantamiento destos naturales.
Que es quanto puedo informar a Vuestra Señoria y la verdad sin cosa en contrario, Benquerencia, 16 de marzo de 1791.
Juan de Godoy y Thena.
Juan de Godoy y Thena, cura parroco de esta villa de Venquerencia, zertifico:
Que la unica yglesia parroquial de ella, titulada Nuestra Señora de la Asuncion, esta dotada con setezientos cinquenta y un reales anuales, producidos de reditos de censos y aperturas de sepulcros, los que se imbierten y no alcanzan en los gastos precisos, salarios de ministros y reparos del edificio; el unico parroco se nombra a propuesta del ayuntamiento, que lo haze en dos sacerdotes de San Pedro, por no llegar sus rentas a quatrozientos ducados, de los quales elije el señor Prior de Magazela; estando alcanzada la fabrica en la actualidad en quinientos nobenta y seis reales y seis maravedies.
Que en esta villa no hay ospital ni, obra pia alguna fundada.
Que se hallan establecidas las cofradias siguientes:"

"La del Santisimo Sacramento, compuesta de quarenta y cinco cofrades, con constituziones aprovadas por el ordinario eclesiastico, que conoze y toma cuentas de sus rentas, consistentes en el arriendo de cien cabras y la limosna de los fieles, de lo que tiene existente mil quatrozientos cinquenta y cinco reales y asciende su anual producto a quatroczientos reales, que se imbierten en las funciones de minerba, semana santa y corpus christi."

"La de San Josef, que no tiene cofrade alguno, ni ordenanzas, está dotada de ciento veinte reales anuales, producidos de reditos de censos y del arriendo de quatro fanegas de tierra que posee, los que se imbierten en el culto de la ymagen, funciones de yglesia y zera, conoce de ella y toma cuentas el juez ecesiastico."

"La de Nuestra Señora del Rosario, compuesta de ocho cofrades, esta dotada de doszientos cinquenta y ocho reales anuales, producto de reditos de censo, arrendamiento de una tierra, de quarenta y siete cabras y treinta reales que se juntan de limosna entre los fieles, y se imbierten en el culto de la ymagen, funciones de la yglesia y gastos de zera, en la actualidad tiene sobrantes dos mil teszientos catorce reales, conoce el ordinario eclesiastico y toma cuentas."

"La de las Benditas Animas, la componen ciento y diez cofrades, careze de ordenanzas y de rentas fixas, a excepción de la limosna con que contribuyen los fieles, que esciende en los tres años de la ultima cuenta a treszientos cincuenta y cinco cada uno, que se imbierten en sufragios, misas y anibersarios, tiene de sobrante en el dia treszientos sesenta y seis reales, conoze y toma cuentas en visita el mismo ordinario eclesiastico."

"La del Santo Christo Resucitado, no tiene cofrades, constituziones, ni mas renta que treinta y ocho reales, reditos de censos, que se imbierten en el culto de la ymagen y no alcanza para satisfacer los derechos de la santa visita en que toma cuenta el señor prior."

"La de los Santos Martires, no tiene cofrades, ordenanzas y sus fondos consisten en treina y nueve reales, producidos de reditos de un censo y arriendo de una tierra, que se imbierten en su culto y no bastan para satisfacer los derechos de la santa visita en que se rinden las cuentas."

"La de San Antonio, tampoco tiene fixo el numero de hemanos ni ordenanzas, sus rentas se reducen a le arriedo de una cerca y limosna de los fieles, que todo compone anualmente quarenta reales que se imbierten en el culto de la ymagen y derechos de visitas en que se dan las cuentas.
Y para que conste como unico parroco de esta villa doy la presente, con prevenzion de tambien se halla un santuario o capilla de Señor San Josef, a distancia de mil pasos de él, cuia renta consiste en ciento veinte reales, que se imbierten en la funzión y culto del santo, no reside en ella ermitaño alguno y rebbe las cuentas el ordinario eclesiastico; lo que excuto en fuerza de orden del señor Agustin Cubeles y Roda del Consejo de su Magestad, su alcalde del crimen de la Real Audiencia, visitador de este partido, en Venquerencia a diez y seis dias del mes de marzo de mil setezientos nobenta y un años."
Juan Godoy y Thena

"Resultancia del expediente de su ynterrogatorio, certificados, ynformes y observaciones.
Tiene ciento cinquenta vecinos, cuia inclinacion es a la labor, para la qual posehen nobenta y cinco yuntas, y a las granjerias de ganado, contandoseles al presente a juicio prudencial con mil quinienta obejas , otras tantas cabras, mil cerdos, doscientas cinquenta reses bacunas y diez y siete yeguas.
Desean algun corto aumento para esplaiarse en la labor y llenar sus yuntas en millares contiguos a su jurisdicion pribatiba, de los que comprende la Ral Dehesa de Serena, en le que en ella tiene acumulatiba pastados por trashumantes."

"En el Exido, dehesa de sus propios, regulan trescientas cabezas, con muchos pies de azebuches utilis para injerir en olibos, aspirando a que se les den dibidiendoselas en suertes para el reparto, obligandose a la limpia y olibado, sin adquirir mas propiedad que la su fruto y dejar el suelo mas limpio y penetrable a veneficio de dichos propios para el goze de los ganados como hastaqui"

"En quanto a las elecciones es uno de los pueblos de menos mala fe y los propios rinden con exceso a los gastos y dotaciones de su reglamento, po lo que tratando su fondo con economia podrian tener mucho alibio sus vecinos, aiudandoles con los sobrantes a el pago de contribuciones y a otros fines veneficiosos."

"En quanto al escandalo que el parroco refiere en el numero treinta y dos de su ynforme reserbado que sigue a el ynterrogatorio y ratifica el de su alcalde que le subsigue, se tomaron las probidencias con la justicia de Zalamea, a cuia presencia se hizo comparecer a la causante, para que la trasladase a hacer vida marital en que quede conforme y la justicia prebenida de sus cumplimiento y traslacion a la dicha de Benquerencia, agualmente acorde con el particular."

"Este pueblo carece de casas de aiuntamiento, carcel y carneceria, supliendose para los que celebran y la custodia de papeles de la panera del posito, que tiene proporcionada seguridad y regular manejo de la administracion, exije por nezesidad la subrogacion en otro sitio para las ordinarias sesiones de aiuntamiento y segura custodia de papeles , hasta providenciarse de la erección de casas a proposito para ello, carneceria y carcel, pues no es combeniente que a pretesto de aquellas funciones tan continuadas se expongan el grano y caudales de dicho posito con las frecuentes entradas y salidas. Y por lo que respeta a los demas particulares que contiene el ynterrogatorio son conformes y contestan las respuestas con los reservados ynformes.Caceres y abril tres de 1971."

Cubeles

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